martes, 29 de mayo de 2012

Lo contrario a la verdad

Mentirosis: enfermedad que afecta a 99,99% de los políticos de cualquier país y que se contagia al resultar electo para cualquier cargo público (también se transmite por "nombramiento" a directores y cargos de confianza)
Esta rara enfermedad queda "oculta" durante un tiempo cuando se pierden los cargos o se pasa a la oposición y se desarrolla con más virulencia a ser reelegido.
Sus características principales son:
  • Decir lo contrario de lo que se piensa.
  • Pensar que los demás (los que no son de su partido) son idiotas.
  • Ocultar los propios intereses en el interés público.
  • ...
  • y la peor característica de todas es que no tiene cura...
Enfermo crónico de mentirosis preparándose para decir toda la verdad y nada más que SU verdad


El Sr. Mariano Rajoy, enfermo crónico de mentirosis, dijo que NO SE VA A RESCATAR A ESPAÑA... QUE BANKIA NO ES LA CULPABLE DE QUE NOS MIREN MAL EN EL EXTRANJERO... y sobre todo... EL DINERO QUE SE VA A "PRESTAR" A BANKIA LO RECUPERAREMOS CUANDO VENDAMOS EL BANCO... 23.465.000.000 de euros (lo pongo con todos los ceros porque jode más y si lo decimos en pesetas... 3.904.247.490.000 de pesetas o lo que es lo mismo 4 billones de pesetas... ahí si que duele... ). Si lo venden será como han hecho otras veces... por un precio simbólico (1€) y la deuda desaparecerá del banco (no de España) como quién no quiere la cosa... si no... tiempo al tiempo...

Hace no muchos años, a algunos banqueros de Banesto los condenaron por 600.000 millones de pesetas (Mario Conde y algún otro) y se pasaron una temporadita en la carcel... hoy estamos hablando de 6,5 veces esa cifra y en la foto de Bankia solo veo caras sonrientes

por cierto algunas de estas caras sonrientes estaban también en el caso Banesto y estoy seguro de que ninguno terminará entre rejas.

Me recuerda la vez aquella en la que un Concejal también del PP y aún con pelo salió en televisión pidiendo a los ciudadanos de Las Palmas que lo dejaran terminar la CICER y que después la tiraría... ¿se acuerdan? pues tiene la mismita enfermedad que Marianito el corto (ese que dice una cosa y hace lo contrario)  pero en bajito y sin barba.

No nos cabe la menor duda de que los únicos que están ganando con todo esto son los mismos que sufren la dichosa enfermedad y que el resto de trabajadores y ciudadanos solo tenemos el derecho al pataleo y a salir con un caldero a quejarnos en la calle...por cierto a los políticos esto les pone así que vamos a calmarnos no vaya a ser que esto agrave su enfermedad y nos metan en mas líos por nuestro bien.

Lo dicho me apetecía hablar de los enfermos de mentirosis y lo he hecho.


Saludos
José Gerardo
(Al que le pique que se rasque)

lunes, 14 de mayo de 2012

Consideraciones sobre las solicitudes de disfrute de los 15 días de compensación de festivos y otros…


D. Francisco Javier Henríquez 


Nos han llegado algunas preguntas respecto a la reunión de mandos en la que se "APROBÓ" que los Policías no pudieran librar el fin de semana de servicio asignado por turno dentro de los 15 días de compensación de festivos...
Efectivamente hubo una reunión “DE MANDOS” en la que no participamos los sindicatos y en la que “EL COMISARIO JEFE” tomo la decisión de que no se pudiera librar el fin de semana que nos toca trabajar dentro de los quince días de compensación de festivos…
Se da la casualidad de que justo una semana antes nosotros (CCOO) nos habíamos reunido con él y ante la pregunta de si se podía librar ese fin de semana nos dijo “NO HAY NADA ESCRITO A FAVOR NI EN CONTRA DE QUE SE PUEDA LIBRAR MÁS DE UN FIN DE SEMANA EN VACACIONES Y EN LOS QUINCE DÍAS” y que por tanto “MIENTRAS PERSONAL NO LE DIGA NADA EN CONTRARIO LOS QUE LO DESEEN PODRÁN LIBRAR ESE FIN DE SEMANA DE SERVICIO ENTRE LOS QUINCE DÍAS”.
La reunión de mandos fue una semana después, no sabemos en qué circunstancias se produjo (si el Comisario Jefe ya había recibido la contestación de Personal o no…) lo que está claro es que no hay actas ni órdenes por escrito… solo se sabe que las solicitudes deben ser rechazadas por los mandos.

Ahora cabe preguntarse ¿qué pasa con las solicitudes que se realizaron antes de la referida reunión de mandos?
Según la normativa vigente (Ley 30/1992 de 26 de noviembre y su modificación en Ley 4/1999.) solo nos ampara el silencio administrativo, ya que La Jefatura… Coordinación… no suele contestar en tiempo y forma a nuestras solicitudes… es decir para las solicitudes de días deben contestar en 15 días (para las vacaciones son 15 días para otros casos entrar en los enlaces adjuntos), si no es así se considerará silencio administrativo y por tanto es positivo para el policía… con una pequeña salvedad articulada en las mismas normas… tenemos que comunicar a la administración, en este caso Coordinación, que en base a las normas descritas consideramos que tenemos derecho a los solicitado por silencio administrativo… con lo que se abre un nuevo plazo para que la administración conteste pudiendo desestimar nuestra pretensión. De cualquier forma… El número 3 de la Disposición transitoria Primera precisa que CONSERVARÁ VALIDEZ EL SENTIDO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS PREEXISTENTES. Es decir si no me han denegado el permiso en plazo, ya no pueden denegarlo. Debiendo contestar a las solicitudes que se hayan formulado después de su aprobación y siempre que esas normas no vayan en contra de una norma superior.

Respecto a disfrutar de la compensación de festivos los fines de semana que tenemos servicio asignado por cuadrante creemos que debe ser tratado en mesa general de negociación… por ejemplo el argumento a favor debe ser que a los policías se les abona un fin de semana por mes cuando en realidad todos los grupos hacen un fin de semana anual que no está retribuido y ese fin de semana se podría librar dentro de los quince días de compensación de festivos sin perjuicio para la corporación… En contra… la pretensión de disfrutar los quince días en dos partes de 8 y 7 días y que cada fin de semana sea de servicio (Además de solicitar que se acumulen los días libres por esos fines de semana que nos tocaba trabajar)… lo dicho, este tema debe ser tratado en mesa de negociación.

Respecto a disfrutar los 15 días de 5 en 5… en los enlaces pueden descargar una de las sentencias desestimatorias (hay más) aunque sabemos que hay varios contenciosos interpuestos actualmente y hay que esperar sentencia…

Ante esto debemos hacer algunas consideraciones:

¿Cómo se cuentan los plazos?
En base a la Ley 4/1999, “LOS PROCEDIMIENTOS PROMOVIDOS A SOLICITUD DEL INTERESADO EL CÓMPUTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO COMIENZA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE DICHA SOLICITUD HAYA TENIDO ENTRADA EN EL REGISTRO DEL ÓRGANO COMPETENTE PARA LA TRAMITACIÓN”

¿Cómo realizar la solicitud?
Necesitamos que nuestras solicitudes entren a través de cualquier registro OFICIAL y no como hasta ahora que se las damos en mano al Mando de turno y este las traslada a Coordinación donde pueden pasar uno o varios días hasta que se inicia efectivamente el plazo para resolver… Por tanto, estamos hablando de solicitudes sin número de registro y sin fecha exacta de entrada… Así que a partir de ahora todas las solicitudes deberán hacerse por registro y luego (para que conste) llevar una copia registrada al mando de la zona para su tramitación… con esto conseguimos que la Administración conteste a nuestras solicitudes en tiempo y forma y de no ser así poder defendernos judicialmente y exigir responsabilidades.

Documentación:
Ley 30/1992 de 26 de noviembre
Ley 4/1999 de 13 de enero, modificación de la ley 30/1992
DECRETO 164/1994, de 29 de julio, adaptación de las normas de procedimiento administrativos y PLAZOS PARA RESOLVER
Sentencia desestimatoria de los 15 días de compensación de festivos de 5 en 5

jueves, 3 de mayo de 2012

Cuando a estas alturas el Gobierno se plantea pagar a los trabajadores públicos retribuir parte de su sueldo, en concreto el 15%, en base a unos objetivos, cabe hacerse algunas preguntas.
Por ejemplo ¿el sueldo de los "ADMINISTRADORES PÚBLICOS", esos que elegimos entre todos en las urnas, se medirá con la misma vara o si se usará otra distinta? ya que, no cabe duda, el error de un administrativo puede costar al erario público algunos miles de euros pero el "error" de cualquier concejal o cargo electo a costado millones de euros.


Nuestra propuesta es que el dirigente electo pague también "DE SU BOLSILLO" el 15% de lo que ha costado su error. Sin embargo podremos comprobar que "todos los hombres son iguales... pero unos son más iguales que otros", ... que poco hemos cambiado.

Saludos.
José Gerardo
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